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Nueva política minera en Colombia: una propuesta desde los trabajadores

Ricardo Apolinar - Centro de Pensamiento y Teoría Praxis.

Germán Cañón


El 02 de marzo de 2023 estalló el paro minero en el Bajo Cauca, luego que el Gobierno Nacional lanzará una ofensiva contra la minería ilegal de oro, destruyendo maquinaria e incautando herramientas y demás materiales usados en esa actividad económica. A partir de esa jornada de movilización, que terminó por un levantamiento voluntario por el comité promotor -en su mayoría trabajadores-, se ha suscitado un debate alrededor de las causas del problema minero y sobre cómo superarlo. Precisamente, en este artículo se ubicará el problema central con relación a la explotación minera y algunas alternativas de solución.


La explotación minera debe abordarse desde dos puntos, el primero relacionado con la de gran extensión, controlada por abultados capitales extranjeros, y el segundo, lo que se conoce como pequeña minería, en donde se mezclan desde obreros, pequeños propietarios informales, hasta actores armados, que es irrisoria frente al despliegue de inversión de la gran minería, sin embargo, las noticias están centradas en el paro minero, la actividad ilegal y el cuidado del medio ambiente, mientras toneladas de carbón y ferroníquel siguen alimentando el capitalismo mundial.


Si bien el sector minero sin petróleo no supera el 3% en el total del PIB nacional (Departamento Administrativo Nacional de Estadística -DANE-, 2021), se caracteriza por la captura de ganancias extraordinarias (rentas ocasionales) que se logran fundamentalmente producto del aumento de los precios internacionales. En este sentido, el subsector más importante de la minería en Colombia, es el carbón, que representa más del 50% del total sectorial seguido por los minerales metalíferos (hierro, níquel, oro y plata) que en promedio fueron del 27,3% (DANE, 2021). Así, la explotación del carbón ocupó el primer renglón de las exportaciones mineras sin petróleo, seguidas por las de oro, que en conjunto representaron el 94,3% (Banco de la República, 2022a).


De esta forma, la explotación de Carbón recae fundamentalmente en la multinacional gringa Drummond Ltd., que desde 1980 adquirió los derechos de propiedad de la Mina de La Jagua en el Sur del Cesar (Drummond Ltd, 2023) y en la multinacional suiza Glencore, que en el 2022 completó la compra de los derechos de propiedad de Carbones del Cerrejón, que desde 1975 controlan la producción en el departamento de la Guajira (Cerrejón, 2023). Entre estas dos empresas extranjeras controlan cerca del 90% de la explotación de carbón del país que por si fuera poco han terminado involucradas en la financiación y direccionamiento del paramilitarismo en la Costa Caribe (Ruiz Ruiz et al., 2019).


Así, la Inversión Extranjera Directa -IED- en el sector minero de 1999 al 2004 tuvo una participación total promedio del 28,4%, sin embargo, fue perdiendo peso y de 2017 al 2021 se ubicó en apenas un 7,2%. Claro está que para el 2022 sobrepasó los $1.000 millones de dólares, cifra que no registraba desde 2019 (Banco de la República, 2022b). Poco o nada se informa en las agencias gubernamentales sobre las ganancias netas de dichas multinacionales. Lo que sí se encuentran son las cifras de regalías que, por ejemplo, para el 2019, fueron del orden de los $2,28 billones (Agencia Nacional de Minería -ANH-, 2019). Sin embargo, multinacionales como Glencore, Drummond y el Grupo South32, sólo en 2021 reportaron utilidades netas por valor de $3,67 billones de pesos, es decir, que sólo estas 3 empresas superan por más de $1,39 billones el ínfimo recaudo que hace la Nación por concepto de regalías (Supersociedades, 2021).


A lo anterior se debe añadir la estructura productiva anarquizada en la que existen explotaciones artesanales ilegales, pequeñas y medianas legales (con exigua tecnología), que sostienen o incrementan la acumulación de capital mediante altísimas tasas de explotación al imponer precarias relaciones salariales, a las que suman la burla de las reglamentaciones ambientales y tributarias, condiciones que se facilitan en áreas remotas.


Es así que explotaciones de oro, esmeraldas, calizas, carbón, piedras y arenas, que se mantienen entre lo ilegal y legal, hayan tenido efectos demoledores como:


  • Mafias locales y regionales, con sus ejércitos privados, capaces de imponer su ley en ciertas áreas del país, de modo que hay regiones en las que la vida transcurre como si se viviera en medio de feudos, ejemplo de ello han sido las zonas esmeralderas de Boyacá, la zona minera de Chocó, Antioquia y Cauca.

  • Altísima explotación y violencia sobre los trabajadores mineros, que no gozan de contratos y seguridad social, ni derechos sociales y políticos.

  • Violencia sistemática contra las poblaciones colindantes, manifiesta en miles de asesinatos.

  • Depredación de las estructuras eco-sistémicas locales y regionales.

  • Desconocimiento de los recursos existentes en tanto no hay un inventario geológico y minero adecuado.

  • Predominio del gran capital –en algunas áreas- que mediante la corrupción logra grandes ventajas y enormes beneficios.

  • Aumento de la adjudicación de títulos y hectáreas a compañías mineras auríferas y carboníferas, que según la ANH (2021), 3,27 millones de hectáreas en el país están concesionadas para la extracción de carbón, esmeraldas, níquel y oro.


Toda esta situación es reforzada por la dependencia fiscal del Estado nacional que debe estrujar al máximo a sus trabajadores y expoliar el medio ambiente para malvivir en medio de un capitalismo precario, que ya no posibilita fuerzas modernizantes y socava la restringida democracia liberal.


Vale la pena mencionar, que la exclusión de derechos laborales predominantes en la pequeña minería se replica en la mediana y gran minería, donde la mayoría de trabajadores son contratados de manera temporal, ya sea con contratos a término fijo de 28 días o de obra labor. De allí la necesidad imperante de generar estabilidad laboral a través una contratación a término indefinido con las empresas con todas las garantías laborales.


Frente a una situación tan múltiple, y por ello compleja, queda la pregunta: “¿Cómo enfrentarla y hacia a dónde dirigirla?”. En este sentido la legislación debe recuperar la soberanía nacional, es decir, el dominio eminente y control sobre estos recursos mineros en el estado en que se encuentren o cualquiera que sea su naturaleza, y en general, en todos los ramos de la industria minera, en función de lo cual, con los recursos naturales, se garantizará a corto, mediano y largo plazo la autosuficiencia en materia minera y los usos de sus derivados a la población.


Para que esto sea posible, deben evitarse las respuestas marcadas por los intereses y las visiones recortadas. Por ejemplo, los pequeños productores de oro le han planteado al gobierno legislar para proteger su actividad ancestral frente al gran capital, demanda que, si bien tiene su lado social positivo, puede implicar que se perpetúe la pequeña explotación artesanal con bajos rendimientos y altos impactos ambientales, y sobre todo sociales, porque estos artesanos de la minería están bajo la tutela de la empresa militar que domine la zona. En el otro extremo, la burguesía –y sus secuaces de los centros de pensamiento e instituciones estatales- se afincan en la inexistencia de fondos de capital para aprovechar los recursos, de modo que terminan por entregarlos al gran capital.


Por eso debe quedar claro que el Estado es propietario de los recursos mineros y en consecuencia tiene sobre los mismos el uso, goce y disposición exclusivamente. De esta forma, la propiedad de los mismos le es inembargable, imprescriptible e inalienable. En función de este principio, también se propone que el Estado colombiano creará la Empresa Pública Nacional Minera (ENAMI) que promoverá:


  • La investigación, la adquisición de tecnología como política de fortalecimiento de la industria minera. El Estado como propietario de los minerales y como responsable de toda su cadena industrial la desarrollará utilizando, perfeccionando, actualizando e innovando su tecnología hacía un proceso de diversificación de su cesta energética y la utilización de energías limpias, garantizando su participación en la explotación directa, su procesamiento y su comercialización final. Con este propósito, articulado a la empresa estatal, tendrá una rama dirigida a la investigación aplicada a la industria en todas sus ramas, que le permitan fortalecerla y hacerla independiente. La participación de la inversión privada se permitirá sin que ponga en riesgo el control del Estado sobre la gestión total de la Empresa y en la medida que se requiera la transferencia completa de tecnología, que se podrá adquirir por este medio o mediante el procedimiento de compra de los equipos correspondientes junto a la adquisición del conocimiento.

  • La participación social en el desarrollo de la política minera colombiana. Por ser la industria minero-energética pilar del desarrollo social y económico del país, la comunidad tendrá participación en la formación, estructuración y desarrollo de los planes e investigación y control de las políticas de la industria, desde el Consejo Nacional Minero, que funcionará para tal fin. Así mismo, desde las consultas populares su decisión será vinculante a nivel municipal y departamental. Además, en la ENAMI los trabajadores participarán en los órganos de decisión estratégica.

  • La planificación del desarrollo de la industria minera tendrá un instrumento para precaver los impactos sociales y ambientales. En tal sentido, la planificación de los proyectos deberá garantizar la articulación de las comunidades en aras de mitigar estos impactos y los mecanismos de realización. En aplicación de este principio, previamente deberán desarrollarse las consultas comunitarias, las cuales serán publicitadas con anticipación, y hasta que se realicen y formalicen los acuerdos no se podrán iniciar las obras. En función de este principio, y con base en los estudios existentes y los que complementen, se establecerán zonas de exclusión, de restricción, de reserva forestal, hídricas, culturales, y vertimientos cero. Así mismo, la industria deberá contar con licencias ambientales para cada una de sus actividades.

Esto se viabilizará mediante el diseño y ejecución de esquemas diferenciados de asociación y explotación de acuerdo a la escala potencial de los recursos, a los grados de desarrollo de las fuerzas productivas, a las ofertas tecnológicas y a las relaciones sociales a implementar en cada caso. En forma genérica y por facilidad se plantean aquí tres tipos de actuación, según escalas tecnológicas:


  • Pequeña explotación artesanal: el propósito es incrementar la organización de los dueños y productores, y facilitar el desarrollo de sus fuerzas productivas, así como mejorar las cadenas comerciales.

  • Mediana explotación capitalista: incrementar la cooperación tanto en producción y comercialización, así como tener un mayor control sobre las explotaciones mediante proyectos que los conjunten.

  • Grandes explotaciones capitalistas: incrementar los beneficios y las rentas captadas por la Nación, mejorando las cláusulas de contratos y aumentando la capacidad de regulación y control público y social sobre sus actividades.


De esta forma, la ENAMI permitirá que la clase popular, y a partir de ella toda la Nación, pueda definir sus políticas estratégicas teniendo en cuenta criterios más allá de la rentabilidad, pues la explotación de recursos pasa por consideraciones éticas – de las que las ciencias poco pueden decir- que no se deben perder de vista, pues ellas atañen a las condiciones de vida de los trabajadores, pero sobre todo de las comunidades adyacentes, y por tanto de quienes viven en el país.


Por último, la incitativa de empresas públicas de carácter social no implica por sí misma una transformación de las relaciones sociales imperantes, y es allí donde está el reto central, de aquí que la iniciativa se deba acompañar siempre de la gestión popular, esto es que trabajadores y comunidades puedan incidir en las decisiones estratégicas y su implementación.



 

Referencias


Agencia Nacional de Minería. (2019). Boletín Estadístico Minero 2019. https://mineriaencolombia.anm.gov.co/sites/default/files/docupromocion/BOLETIN2019-160222.pdf


Agencia Nacional de Minería. (2021). Ficha minera de Colombia 2021. https://mineriaencolombia.anm.gov.co/sites/default/files/2022-02/Ficha%20Colombia%2001%202022.pdf


Banco de la República. (2022a). Exportaciones de Colombia 1970-2022. https://www.banrep.gov.co/es/estadisticas/exportaciones



Cerrejón. (2023). Cerca de 50 años haciendo historia en Colombia. https://www.cerrejon.com/nosotros/historia

Departamento Administrativo Nacional de Estadística -DANE-. (2021). Agregados macroeconómicos. https://www.dane.gov.co/index.php/estadisticas-por-tema/cuentas-nacionales/cuentas-nacionales-anuales#principales-agregados


Drummond Ltd. (2023). Minas. Drummond Ltd. https://www.drummondltd.com/nuestras-operaciones/minas/


Ruiz Ruiz, N. Y., Castillo de Herrera, M., & Forero Niño, K. (2019). Geopolítica del despojo. Minería y violencia en Colombia. Universidad Nacional: Bogotá.


Supersociedades. (2021). Informe de 1000 empresas 2021. Supersociedades: Bogotá. https://www.supersociedades.gov.co/delegatura_aec/Paginas/Informes-economicos-y-financieros.aspx

 





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